Texto oficial
Art. 385. La mera aserción que se haga en el inventario
de pertenecer a determinadas personas los objetos que se
enumeran, no hace prueba en cuanto al verdadero dominio de
ellos.
Código civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1973 / 8722834.