Texto oficial
Art. 915. Las reglas de este título se aplicarán
contra el que poseyendo a nombre ajeno retenga indebidamente
una cosa raíz o mueble, aunque lo haga sin ánimo de
señor.
Código civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1973 / 8723420.