Texto oficial
Art. 1889. El vendedor sufre lesión enorme, cuando el
precio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de
la cosa que vende; y el comprador a su vez sufre lesión
enorme, cuando el justo precio de la cosa que compra es
inferior a la mitad del precio que paga por ella.
El justo precio se refiere al tiempo del contrato.