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Artículo 2004 del Código Civil

Código civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1973 · idParte: 8724616

Texto oficial

Art. 2004. Las reglas 3a., 4a. y 5a. del precedente artículo, se extienden a los que se encargan de la construcción de un edificio en calidad de arquitectos.