Texto oficial
Art. 2250. Las reglas del secuestro son las mismas que
las del depósito propiamente dicho, salvas las
disposiciones que se expresan en los siguientes artículos y
en el Código de Enjuiciamiento.
Código civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1973 / 8724886.