Texto oficial
Art. 2410. La hipoteca deberá además ser inscrita en
el Registro Conservatorio; sin este requisito no tendrá
valor alguno; ni se contará su fecha sino desde la
inscripción.
Código civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1973 / 8725063.