Texto oficial
Art. 2412. Si la constitución de la hipoteca adolece de
nulidad relativa, y después se valida por el lapso de
tiempo o la ratificación, la fecha de la hipoteca será
siempre la fecha de la inscripción.
Código civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1973 / 8725065.