Texto oficial
Art. 173. Llámase carta de porte el documento que las
partes otorgan para acreditar la existencia y condiciones
del contrato, y la entrega de las mercaderías al porteador.
Código de comercio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1974 / 8725405.