Texto oficial
Art. 1238. La solicitud de oposición a una retención o
arraigo, así como la de objeción al monto o forma de
constitución de la garantía, se tramitarán como incidente
y sin que su interposición suspenda los efectos de la
resolución impugnada.
La petición sobre modificación, reducción o
alzamiento de una garantía sustitutiva de un arraigo, se
tramitará también como incidente.