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Artículo 1238 del Código de Comercio

Código de comercio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1974 · idParte: 8726558

Texto oficial

Art. 1238. La solicitud de oposición a una retención o arraigo, así como la de objeción al monto o forma de constitución de la garantía, se tramitarán como incidente y sin que su interposición suspenda los efectos de la resolución impugnada. La petición sobre modificación, reducción o alzamiento de una garantía sustitutiva de un arraigo, se tramitará también como incidente.