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Artículo 12 de la Ley 7.459 · Fija sueldos a los empleados del escalafon especial del poder judicial

Fija sueldos a los empleados del escalafon especial del poder judicial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 197995 / 8868024.

Texto oficial

Artículo 12. Los oficiales de los Juzgados de Letras de Mayor Cuantía de Antofagasta y Punta Arenas gozarán de los sueldos que esta ley asigna a los Oficiales de los Juzgados de Letras de Mayor Cuantía de capital de Provincia, sin perjuicio de la gratificación de zona a que tienen derecho.