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Artículo 288 TER del Código Penal

Código penal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1984 / 10466146.

Texto oficial

ART. 288 ter. El que, en el contexto de reuniones en lugares de uso público, porte injustificadamente combustible apto para cometer atentados contra las personas o para ocasionar daño en las cosas, será sancionado con presidio menor en su grado mínimo.