Texto oficial
ART. 37.
Para los efectos legales se reputan aflictivas todas
las penas de crímenes y, respecto de las de simples
delitos, las de presidio, reclusión, confinamiento,
extrañamiento y relegación menores en sus grados máximos.
Código penal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1984 / 9672246.