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Artículo 1 de la Ley 19.811 · Reajusta monto de ingreso minimo mensual

Reajusta monto de ingreso minimo mensual

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 198710 / 6383546.

Texto oficial

"Artículo 1º.- Fíjase, a contar del 1º de junio de 2002 y hasta el 30 de junio de 2003, en $111.200 el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad. Fíjase, a contar del 1º de junio de 2002 y hasta el 30 de junio de 2003, en $83.703 el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad. Fíjase, a contar del 1º de junio de 2002 y hasta el 30 de junio de 2003, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, en $72.326.