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Artículo 2 de la Ley 19.811 · Reajusta monto de ingreso minimo mensual

Reajusta monto de ingreso minimo mensual

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 198710 / 6383547.

Texto oficial

Artículo 2º.- Modifícase el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, reemplazado por el artículo 21 de la ley Nº 19.775, sustituyendo, en las letras a) y b) el guarismo "$108.833" por $111.200".".