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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece asignacion de estimulo al personal del servicio de tesorerias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 199963 / 7292560.

Texto oficial

Artículo 5º.- El gasto anual por concepto de la asignación de estímulo no podrá ser superior al 22% del total de las remuneraciones pagadas por el Servicio en el año anterior al de la percepción de la misma, excluidas la asignación de zona y la otorgada por el presente decreto con fuerza de ley. El porcentaje de asignación a percibir por cada funcionario, no podrá ser superior al 32% de las remuneraciones enumeradas en el inciso primero del artículo 1º, en el período respectivo.