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Artículo 15 de la Ley S/N · Proyecto de lei sobre organización i atribuciones de las municipalidades

Proyecto de lei sobre organización i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200630 / 9003696.

Texto oficial

Art. 15. Fuera de estas sesiones ordinarias se reunirán en estraordinarias convocadas por el Gobernador o Subdelegado, siempre que el servicio municipal lo exijiere. El Gobernador o Subdelegado convocará tambien a sesiones estraordinarias a solicitud de tres municipales para tratar sobre los puntos que se indiquen. La citacion de los municipales para sesiones estraordinarias deberá ordenarse con veinticuatro horas de anticipacion, a lo ménos. Los acuerdos que se tomen en sesiones estraordinarias a que no hayan precedido oportuna convocacion, serán nulos.