Texto oficial
Art. 18. La Municipalidad no podrá entrar en sesion sin la concurrencia de la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.
Proyecto de lei sobre organización i atribuciones de las municipalidades
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200630 / 9003699.