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Artículo 74 de la Ley S/N · Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200633 / 9003872.

Texto oficial

ART. 74 En la segunda quincena de abril de cada año, la Municipalidad examinará la cuenta de inversion i se pronunciará sobre ella aprobándola o desaprobándola. En este último caso, ordenará que se haga efectiva la responsabilidad de quien corresponda. La resolucion de la Municipalidad ha de fundarse esclusivamente en haber sido o no haber sido hechas las inversiones en conformidad al presupuesto o a los acuerdos posteriores de la corporacion. La asamblea de los electores se pronunciará sobre estas resoluciones de la Municipalidad.