Texto oficial
ART. 74
En la segunda quincena de abril de cada año, la
Municipalidad examinará la cuenta de inversion i se
pronunciará sobre ella aprobándola o desaprobándola.
En este último caso, ordenará que se haga efectiva la
responsabilidad de quien corresponda.
La resolucion de la Municipalidad ha de fundarse
esclusivamente en haber sido o no haber sido hechas las
inversiones en conformidad al presupuesto o a los acuerdos
posteriores de la corporacion.
La asamblea de los electores se pronunciará sobre
estas resoluciones de la Municipalidad.