Texto oficial
ART. 82
Corresponde al primer alcalde ejecutar, con arreglo a
la lei i a las resoluciones de la Municipalidad todos los
actos administrativos del Municipio.
Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200633 / 9003880.