Texto oficial
Disposiciones transitorias
ART. 1º
En los departamentos en que no hubiere empleados
encargados de las funciones del ministerio público, las
ejercerán los secretarios municipales.
Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200633 / 9003906.