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Artículo 2 transitorio de la Ley S/N · Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 200633 · idParte: 9003907

Texto oficial

ART. 2º Las Municipalidades de las cabeceras de departamentos i las nuevas Municipalidades creadas por el Presidente de la República, se distribuirán a prorrata de sus respectivas poblaciones, las rentas municipales i las subvenciones fiscales correspondientes a sus respectivos territorios. Con este objeto, la Municipalidad que funcionare en la antigua sala municipal citará a las otras, i reunidas todas, acordarán la referida distribucion por mayoría absoluta del total de municipales en ejercicio, correspondiente a todas ellas.