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Artículo 3 transitorio de la Ley S/N · Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 200633 · idParte: 9003908

Texto oficial

ART. 3º Dentro de los seis meses siguientes a la promulgacion de esta lei, las actuales Municipalidades procederán a enajenar en pública subasta los bienes raices de su propiedad que no estuvieren destinados a un servicio público especial. Los valores resultantes se destinarán a cancelar, en todo o en parte, las deudas de las respectivas Municipalidades. Si alguna de dichas Municipalidades no tuviere deudas, el producido de los remates se distribuirá entre los nuevos municipios comprendidos dentro del antiguo, a prorrata de la poblacion. Lo mismo se hará con el sobrante que quedare despues de canceladas las deudas.