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Artículo 22 del Decreto Ley 740

Sobre eleccion, organizacion y atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200634 / 9003936.

Texto oficial

Art. 22.- La infraccion de cualquiera de las obligaciones impuestas en los artículos del presente título, que se refieren a la inscripcion y a la eleccion, se sancionará con las penas señaladas en el título VII del decreto-lei 343 y en los títulos XVII y XVIII del decreto-lei 542.