Texto oficial
Art. 72.- Los que contrajeren obligaciones respecto de la Municipalidad por remate o subasta, o por cualquier otro contrato, deben dar fianza a satisfaccion del Alcalde.
Sobre eleccion, organizacion y atribuciones de las municipalidades
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200634 / 9003986.