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Artículo 1 del Decreto 537

Aprueba reglamento de ceremonial publico y protocolo

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 201434 · idParte: 8648461

Texto oficial

Artículo 1.- Reconócense las siguientes jerarquías diplomáticas de Jefes de Misiones: a) Embajadores o Nuncios acreditados ante los Jefes d e Estado y otros Jefes de Misión de rango equivalente; b) Enviados, Ministros e Internuncios acreditados ante los Jefes de Estado; c) Encargados de Negocios acreditados ante los Ministros de Relaciones Exteriores, denominados Encargados de Negocios con Carta de Gabinete; d) Encargados de Negocios Ad Interim.