Texto oficial
Artículo 53.- Si el Jefe de Estado viene acompañado
por su cónyuge, la Dirección del Protocolo, en conjunto
con la Embajada residente, elaborará un programa de
actividades paralelo. En general, este programa comprenderá
las siguientes actividades:
- Visita protocolar al cónyuge del Presidente de la
República de Chile, que se lleva a efecto durante la
ceremonia que realizan ambos Jefes de Estado en la Plaza de
la Constitución.
- Visita a alguna de las obras sociales que desarrolla el
cónyuge del Presidente de la República.
- Adicionalmente, se pueden contemplar actividades
culturales y/o artísticas.