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Artículo 58 del Decreto 537

Aprueba reglamento de ceremonial publico y protocolo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 201434 / 8648532.

Texto oficial

Artículo 58.- El protocolo de la despedida es similar al de la llegada. Acuden a despedir, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Director del Protocolo y el Comandante General de la Guarnición Aérea de Santiago. Cuando el Jefe de Estado o Gobierno abandona el país desde una ciudad que no es la capital, será despedido por las autoridades regionales o locales correspondientes.