Texto oficial
Artículo 68.- De acuerdo con la práctica tradicional
del Ceremonial y Protocolo de Chile una Visita de Trabajo
comprende las siguientes actividades:
- Reunión de ambos Jefes de Estado o de Gobierno en el
Palacio de La Moneda. En el caso de un Ministro de
Relaciones Exteriores, tal reunión se efectuará en la sede
de la Cancillería.
- Almuerzo o cena ofrecido por el Presidente de la
República o el Ministro de Relaciones Exteriores, según el
caso.
- Conferencia de Prensa y firma de acuerdos, si procede.