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Artículo 81 del Decreto 537

Aprueba reglamento de ceremonial publico y protocolo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 201434 / 8648560.

Texto oficial

Artículo 81.- En el caso del fallecimiento de un Embajador Plenipotenciario de Chile en Misión en el exterior, se le rendirán honores militares correspondientes al grado de Mayor General, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Servicio de Guarnición del Ejército.