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Artículo 8 (DEL ART. UNICO) del Decreto 495

Aprueba reglamento sobre licitaciones y prestacion de defensa penal publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 201706 / 6943156.

Texto oficial

ARTICULO 8º: Aprobación de las bases. Las bases de licitación a nivel regional serán aprobadas por el Consejo de Licitaciones de la Defensa Penal Pública, a proposición de la Defensoría Regional respectiva. El Defensor Nacional formalizará las bases aprobadas mediante la dictación de las respectivas resoluciones.