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Artículo 2 de la Ley 8.752

Reglamenta inembargabilidad de bienes raices gravados a favor de instituciones de prevision, fomento o credito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 202814 / 6397022.

Texto oficial

Artículo 2.o La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.