Texto oficial
Artículo 10.- Sin perjuicio de los requisitos
generales de ingreso a la Administración del Estado,
establécense los siguientes requisitos especiales de
ingreso y promoción en los cargos de la planta contenida en
el artículo precedente.
I. CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA
Director Nacional
- Título profesional universitario de una carrera de,
a lo menos, diez semestres, otorgado por una universidad del
Estado o por una universidad o instituto profesional
reconocida por éste.
- Experiencia profesional de cinco años en funciones
directivas en el sector público o privado, o
especialización en el área de la salud, geriatría o
gerontología social.
Jefes de Departamento
- Título profesional universitario de una carrera de,
a lo menos, diez semestres, otorgado por una universidad del
Estado o por una universidad o instituto profesional
reconocida por éste.
- Tener estudios de especialización en el área de la
gerontología social o trabajo directo con los adultos
mayores durante, a lo menos, tres años.
II. CARGOS DE CARRERA
Profesionales de grados 4º y 5º
- Título profesional universitario de una carrera de,
a lo menos, diez semestres, otorgado por una universidad del
Estado o por una universidad o instituto profesional
reconocida por éste.
- Experiencia laboral de tres años.
Profesionales de grados 6º, 7º y 8º
- Título profesional universitario de una carrera de,
a lo menos, ocho semestres, otorgado por una universidad del
Estado o por una universidad o instituto profesional
reconocida por éste.
- Experiencia laboral de dos años.
Administrativos
- Licencia de Educación Media.
- Curso de técnicas administrativas o de procesamiento
de información.
Auxiliares
- Licencia de Educación Básica.