Texto oficial
Artículo 4.o Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 56, de 1960, en la forma que a continuación se indica:
a) Reemplácese el punto final del Nº 1, del artículo 4.o, por una coma y agréguese a continuación la siguiente frase:
"... y a los empleados así contratados no les será aplicable lo dispuesto en los artículos 38.o, de la ley N.o 11,764, de 27 de diciembre de 1954, 3.o de la ley 12,405, de 21 de diciembre de 1956, 85.o de la ley 12,434, de 1º de Febrero de 1957 y 1.o y 4.o de la ley 12,864, de 15 de Febrero de 1958".
b) Agrégase al artículo 12.o, el siguiente inciso:
"El monto de la Asignación Familiar referida corresponderá al que se determine para los Empleados Particulares, será financiada con cargo a los recursos de la Corporación de la Vivienda, y no estará afecta a impuestos ni deducción alguna".