Texto oficial
Artículo 13º bis.- Interprétase el artículo 15°
inciso 2° de la ley N° 19.287, en el sentido que las
nóminas de los deudores morosos de los fondos solidarios de
crédito universitario son públicas sin que les haya sido
ni les sea aplicable lo establecido en la ley N° 19.812.