Texto oficial
Artículo 25.- Concédese acción pública para
denunciar las infracciones contempladas en esta ley.
Conocerá de ellas y aplicará las sanciones procedentes el
juez de policía local correspondiente al lugar de la
exhibición.
Sobre calificacion de la produccion cinematografica.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 206396 / 7296449.