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Artículo 25 de Calificacion Cinematografica

Sobre calificacion de la produccion cinematografica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 206396 / 7296449.

Texto oficial

Artículo 25.- Concédese acción pública para denunciar las infracciones contempladas en esta ley. Conocerá de ellas y aplicará las sanciones procedentes el juez de policía local correspondiente al lugar de la exhibición.