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Artículo 24 de Calificacion Cinematografica

Sobre calificacion de la produccion cinematografica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 206396 / 7296448.

Texto oficial

Artículo 24.- Sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder por las infracciones señaladas precedentemente, no serán aplicables a las producciones cinematográficas que se exhiban en conformidad a esta ley, las disposiciones de los artículos 373 y 374 del Código Penal.