Texto oficial
Artículo tercero.- El reglamento de esta ley se
dictará dentro del plazo de 90 días a contar de la fecha
de su publicación en el Diario Oficial.
Sobre calificacion de la produccion cinematografica.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 206396 / 7296465.