Texto oficial
Artículo 22º: Para otorgar la autorización de
conexión y empalme, es necesario que el peticionario
entregue al prestador, previamente, los siguientes
antecedentes:
a) Original y dos copias del proyecto definitivo de la
instalación construida, que debe ser firmado por alguno de
los profesionales o técnicos especialistas de los indicados
en los artículos 9º y 33º de este Reglamento, con su
numeración oficial avalada por el certificado municipal
correspondiente, para su archivo por dicho prestador.
b) Certificado de número de la propiedad, emitido por la
Municipalidad respectiva.
c) En caso que la conexión o empalme no sea ejecutada por
el prestador, sino que por un contratista autorizado,
contratado por el propietario, se deben indicar además los
siguientes antecedentes del contratista: Nombre; Domicilio;
RUT
d) SUPRIMIDA