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Artículo 40 del Decreto 50

Aprueba el reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207101 / 8658774.

Texto oficial

Artículo 40º: Para los efectos de las normas técnicas a que se refiere esta parte del Reglamento, se entenderá por: a) BOCA DE ADMISION: Es el extremo más alto de una tubería o cámara de inspección de la instalación domiciliaria de alcantarillado, destinada a recibir aguas servidas domésticas. b) CAUDAL NOMINAL DE UN MEDIDOR (Qn): caudal al cual el medidor debe funcionar en forma permanente y satisfactoria bajo condiciones normales de uso, tanto en condiciones de flujo uniforme como intermitente. c) GASTO MAXIMO PROBABLE (QMP): Concepto probabilístico mediante el cual se cuantifica el máximo caudal con el que deben diseñarse las instalaciones de agua potable de inmuebles que tienen una determinada característica de consumo. d) CIERRE HIDRAULICO: Accesorio o aparato diseñado y construido de manera de proporcionar, cuando es adecuadamente ventilado, un sello líquido que previene el retroceso de los gases, sin afectar el flujo de las aguas servidas que escurren a través de él. e) LONGITUD EQUIVALENTE: Es una longitud estimada de tubería que representa, para los efectos de cálculo, las pérdidas de carga singulares, es decir aquellas ocasionadas por piezas especiales y accesorios de unión. f) RAMAL: Tubería que recibe los efluentes de los artefactos sanitarios y se empalma con la tubería de descarga o tubería principal. g) REGISTRO: Pieza especial destinada a facilitar el acceso a los ramales y descargas, con fines de desobstrucción. h) TUBERIA DE DESCARGA: Es la canalización de bajada vertical a la que empalman los ramales, destinada a la conducción de las aguas servidas domésticas. i) TUBERIA DE DESCOMPRESION: Es la canalización que se instala a las descargas de los edificios de más de ocho pisos, que se conecta con el extremo inferior de la descarga, con una ventilación, con una cámara de inspección o con tramos superiores de la misma descarga y cuyo objeto es evitar que el aire contenido en las tuberías adquiera presiones que produzcan sifonaje y otras anormalidades en los artefactos. j) TUBERIA INTERCEPTORA: Es aquella que recibe cualquier otra tubería lateral y es distinta a la descarga. k) TUBERIA PRINCIPAL: Es la que recibe las ramificaciones, comienza en la tubería de ventilación principal y termina en la unión domiciliaria. l) UNIDAD DE EQUIVALENCIA HIDRAULICA (UEH): Concepto probabilístico, en términos del cual se cuantifica la contribución de gasto al sistema de tuberías de la instalación domiciliaria de alcantarillado, de cada uno de los artefactos instalados, expresado en una determinada escala. m) VENTILACION: Tubería o sistema de tuberías instaladas para proveer un flujo de aire hacia y desde el sistema de alcantarillado o para proporcionar una circulación de aire dentro del sistema a objeto de proteger los cierres hidráulicos de sifonaje.