Texto oficial
Artículo 90º: Las instalaciones domiciliarias se
proyectarán de modo que todas las tuberías sean accesibles
para su revisión y limpieza.
Aprueba el reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207101 / 8658839.