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Artículo 2 de la Ley 10.536 · Autoriza a la municipalidad de yumbel para contratar prestamos por la suma que señala

Autoriza a la municipalidad de yumbel para contratar prestamos por la suma que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 207366 · idParte: 8368530

Texto oficial

Artículo 2.o Para el servicio del o los préstamos autorizados por esta ley, prorrógase hasta el pago de esta deuda el cobro de la contribución adicional de tres por mil sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Yumbel, establecida en la ley 9.452, en las mismas condiciones allí consultadas.