Texto oficial
Artículo 3.o Si a juicio de la Municipalidad de Yumbel no fuere posible contratar los préstamos a que se refiere el artículo 1.°, el producto del impuesto que se prorroga por el artículo anterior se destinará a costear directamente las obras señaladas en esta ley o en aportarlo como erogación de acuerdo con la letra b) del mencionado artículo 1.°.