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Artículo 1 transitorio de la Ley 10.583 · Modifica la ley de rentas municipales

Modifica la ley de rentas municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207381 / 8368569.

Texto oficial

ARTICULOS TRANSITORIOS Artículo 1.o Condónanse las multas y sanciones que afecten a los contribuyentes morosos de impuestos, derechos y patentes municipales, siempre que pagaren las sumas adeudadas por dichas conceptos dentro de los 60 días siguientes a la fecha de publicación de la presente ley en el "Diario Oficial".