Texto oficial
Artículo 152 quáter K.- Además de las estipulaciones
previstas en el artículo 10, el contrato de trabajo de los
trabajadores regidos por este Capítulo deberá contener lo
siguiente:
1. Indicación expresa de que las partes han acordado
la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo,
especificando si será de forma total o parcial y, en este
último caso, la fórmula de combinación entre trabajo
presencial y trabajo a distancia o teletrabajo.
2. El lugar o los lugares donde se prestarán los
servicios, salvo que las partes hayan acordado que el
trabajador elegirá libremente dónde ejercerá sus
funciones, en conformidad a lo prescrito
en el inciso primero del artículo 152 quáter H, lo que
deberá expresarse.
3. El período de duración del acuerdo de trabajo a
distancia o teletrabajo, el cual podrá ser indefinido o por
un tiempo determinado, sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 152 quáter I.
4. Los mecanismos de supervisión o control que
utilizará el empleador respecto de los servicios convenidos
con el trabajador.
5. La circunstancia de haberse acordado que el
trabajador a distancia podrá distribuir su jornada en el
horario que mejor se adapte a sus necesidades o que el
teletrabajador se encuentra excluido de la limitación de
jornada de trabajo.
6. El tiempo de desconexión.