Texto oficial
Artículo 66 ter.- En los casos de programas o
campañas públicas de inmunización a través de vacunas u
otros medios, para el control y prevención de enfermedades
transmisibles, todo trabajador o toda trabajadora que se
encuentre dentro de la población objetivo de dichas
campañas tendrá derecho a medio día de permiso laboral
para su vacunación. A este derecho le serán aplicables las
reglas de los incisos segundo y siguientes del artículo
anterior, salvo que el aviso al empleador deberá darse con
al menos dos días de anticipación.