Texto oficial
Art. 75. Cualquiera sea el sistema de contratación del L. 18.620
personal docente de los establecimientos de educación ART. PRIMERO
básica, parvularia y media o su equivalente, los contratos Art. 74
de trabajo vigentes al mes de diciembre se entenderán
prorrogados por los meses de enero y febrero, siempre que el
docente tenga más de seis meses continuos de servicio en el
mismo establecimiento.