Texto oficial
Art. 131. No se aplicarán las disposiciones de este L. 18.620
párrafo a los trabajadores embarcados en naves menores, ART. PRIMERO
salvo acuerdo de las partes. Art. 128
Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207436 / 8511981.