Texto oficial
Art. 410.- Regla de aplicación de convenios en la
micro y pequeña empresa, sin sindicatos. En la micro y
pequeña empresa en que no exista sindicato con derecho a
negociar, los convenios podrán ser extendidos a los
trabajadores sin afiliación sindical, previa aceptación
escrita de la extensión y del compromiso de pago de la
cuota sindical ordinaria de la respectiva organización
sindical.