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Artículo 17 de la Ley 19.857 · Autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada

Autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207588 / 6414239.

Texto oficial

Artículo 17.- En el caso de la letra d) del artículo 15, el adjudicatario único de la empresa podrá continuar con ella, en cuanto titular, para lo cual así deberá declararlo con sujeción a las formalidades del artículo 6º.