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Artículo 4 del Decreto 311

Reglamenta programa de educacion basica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 208353 / 7298486.

Texto oficial

Artículo 4º: El gasto que demande la aplicación del Programa de Educación Básica, se imputará al ítem que se consulte anualmente para el sector público para estos efectos. Para el año 2011, se imputarán al ítem: 09-01-03-24-03-511, Glosa 06, del Presupuesto de la Subsecretaría de Educación.